Principios de la Nueva República Centralista y el Congreso Unicameral
Principios de la Nueva República Centralista y el Congreso Unicameral
Mensaje a la Ciudadanía de Woultenland
La Presidencia de la República somete a debate nacional una iniciativa de Reforma Constitucional que busca transformar profundamente la estructura de nuestro Estado. Esta propuesta está impulsada por la necesidad de construir una República Centralista, más eficiente, más unida y más adaptada a la realidad de nuestra micronación.
Este Documento Base establece la visión y los mandatos políticos y técnicos del Poder Ejecutivo. Servirá como la guía oficial para los legisladores en el debate y, una vez aprobada la reforma, para los equipos de gobierno encargados de reescribir las leyes secundarias en el plazo de 180 días.
I. Principios del Centralismo: Eficiencia y Unidad Nacional
Nuestra actual estructura federal, con solo dos entidades territoriales (Ciudad Fray y Ciudad Xaltón), es costosa e ineficiente.
• Objetivo Estratégico: Proponemos eliminar la duplicidad de funciones legislativas y judiciales, asumiendo el Gobierno Federal la única soberanía para legislar y administrar a la micronación.
• Rol Territorial: Las entidades territoriales (Fray y Xaltón) dejarán de ser entidades soberanas. Su nuevo rol será el de órganos de ejecución y administración subordinados directamente a los Ministerios del Poder Ejecutivo Federal.
• Impacto Fiscal: Esta centralización nos permitirá ahorrar recursos eliminando la burocracia innecesaria, reasignando esos fondos a servicios públicos prioritarios.
II. Estructura de la Nueva Cámara de Representantes: Unicameraismo Funcional
El Poder Ejecutivo propone simplificar la rama legislativa, reemplazando el actual Congreso Bicameral por un órgano único y eficiente: la Cámara de Representantes.
• Integración Total: La Ley fijará un número de siete (7) Representantes. Este número impar es crucial para garantizar la funcionalidad legislativa y evitar la parálisis por empate.
• Liderazgo: Un Presidente de la Cámara será elegido de entre los 7 Representantes para dirigir los debates y poseer un Voto de Calidad (voto decisivo) para dirimir empates.
• Control y Vigilancia: La Ley Orgánica incluirá la creación de Comisiones Permanentes de Vigilancia y Auditoría Legislativa con facultades para fiscalizar directamente los recursos del nuevo sistema centralizado.
III. Principio de Representación y Sistema Electoral Mixto
La Ley Electoral debe garantizar la voz de todos los ciudadanos de Woultenland, tanto los residentes como los virtuales, a través de la proporcionalidad poblacional.
Distribución Fija de Escaños (7 en total)
1. Un (1) Representante por Mínima Garantía: Asignado a la Ciudad Xaltón (10 habitantes). Se elegirá por Mayoría Relativa (voto uninominal), garantizando que esta entidad conserve una voz directa y fija.
2. Seis (6) Representantes Proporcionales: Estos escaños se elegirán por Representación Proporcional (voto plurinominal), asegurando la pluralidad política en el Congreso.
Integración de los Ciudadanos Virtuales
• Participación: Los 15 Ciudadanos Virtuales votarán por las listas de partidos políticos y sus votos se sumarán al total de votos emitidos por los ciudadanos residentes de Ciudad Fray.
• Base Proporcional: Estos votos combinados conformarán la Circunscripción Nacional Proporcional, asegurando que la voluntad de todos los ciudadanos (residentes y virtuales) contribuya a la distribución de los 6 escaños proporcionales.
Ajuste de Representación para el Futuro
Para asegurar la justicia democrática ante el crecimiento, la Ley Orgánica establecerá:
• Revisión Obligatoria: El Congreso deberá realizar una revisión poblacional cada cuatro (4) años o en caso de anexión de nuevos territorios.
• Fórmula de Crecimiento: Si la población total crece significativamente, el Congreso ajustará el número de escaños proporcionales, manteniendo siempre el escaño fijo para Xaltón y asegurando la voz de todas las facciones políticas.
IV. Mandato de Armonización Legal y Judicial
Una vez que la reforma constitucional sea aprobada, el Poder Ejecutivo activará el plazo de 180 días para la adecuación de las leyes secundarias, con los siguientes mandatos:
• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Deberá establecer la subordinación total de los órganos administrativos territoriales al Poder Ejecutivo Federal.
• Ley Orgánica del Poder Judicial: Se instruye la unificación del sistema judicial. La Suprema Corte será el máximo tribunal federal, y se eliminará toda referencia a la soberanía judicial o a tribunales superiores de las entidades territoriales.
• Código Penal: El Código Penal de la República de Woultenland será la única normativa penal aplicable en todo el territorio, con jurisdicción unificada.
Adalid Solis.
Presidente Constitucional de la República de Woultenland
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